MONTENEGRO LEANDRO EZEQUIEL C/ ASOCIART ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor demandó a ASOCIART ART S.A. por indemnización por incapacidad derivada de un accidente laboral. El Tribunal del Trabajo N° 5 declaró la inconstitucionalidad de una norma y condenó a la demandada a pagar $29.272.477 en concepto de indemnización.
Actor: MONTENEGRO LEANDRO EZEQUIEL Demandado: ASOCIART ART S.A. Objeto: Indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a pagar $29.272.477.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El dictamen del perito médico carece del rigor técnico y científico necesario para conferirle eficacia probatoria en lo relativo al daño psíquico... Por todo lo expuesto, y conforme las reglas de la sana crítica, concluyo que el dictamen pericial en lo relativo al daño psíquico carece del sustento técnico y científico necesario para ser considerado prueba eficaz que justifique el reconocimiento de una incapacidad psíquica indemnizable." "En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del inc. 2 del art. 12 LRT en este caso y disponer que el ingreso base mensual se actualice conforme al índice RIPTE hasta la fecha de pago, asegurando así la integridad del crédito y el respeto del espíritu protector que informa nuestro ordenamiento." "Finalmente y tratándose de un accidente de trabajo, corresponde adicionar el 20% previsto en el art. 3 de la ley 26773, ascendiendo el monto total a $ 29.272.477."
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