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OJEDA AILEN DAIANA C/ CIANSABELLA JORGE ALEJANDRO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de un convenio conciliatorio por la suma de $2.500.000. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal.

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Actor: OJEDA AILEN DAIANA Demandado: CIANSABELLA JORGE ALEJANDRO Objeto: Homologación de un convenio conciliatorio. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de $2.500.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la conciliación arribada entre las partes el 29/9/2025 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."

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