MAY SILVINA VANESA C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora solicitó la declaración de incompetencia del tribunal en el marco de una acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 3 hizo lugar al planteo, determinando que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.
Actor: MAY SILVINA VANESA Demandado: ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Declaración de incompetencia del tribunal. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que el Tribunal de Trabajo competente es el de Florencio Varela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'." "El actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela." "Se impone precisar que... deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Florencio Varela."
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