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FIGUEROA ESTEBAN DAVID C/ ESQUINA IBERLUCEA SRL S/ DESPIDO

El actor promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio por despido. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el convenio, considerando que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.

Incidente Homologacion Despido Conciliacion Celeridad procesal Derechos laborales Costas Honorarios Tasa de justicia Ley de contrato de trabajo

Actor: Figueroa Esteban David Demandado: Esquina Iberlucea SRL Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por despido Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el día 14/10/2025 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario." "Las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC)."

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