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PANIQUI JUAN ANTONIO C/ ARCARI YESICA TAMARA S/ CONSIGNACION

El actor promovió un incidente de homologación de un acuerdo conciliatorio en un proceso de consignación. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y es una justa composición de derechos.

Incidente Homologacion Conciliacion Consignacion Derechos Orden publico Celeridad procesal Multa Honorarios Tasa de justicia

Actor: Paniqui Juan Antonio Demandado: Arcari Yesica Tamara Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada entre la parte actora y demandada... no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio... y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario." "Las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado."

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