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CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE FUEGOS ARTIFICIALES C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL LAS HERAS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO

La Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales demandó a la Municipalidad de General Las Heras por la inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 296/2017 que prohíbe la pirotecnia. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la norma, otorgando un plazo de seis meses para su modificación.

Inconstitucionalidad Pirotecnia Ordenanza municipal Derechos constitucionales Poder de policia Comercio licito Seguridad publica Regulacion Actividad economica Proteccion ambiental

Actor: Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales Demandado: Municipalidad de General Las Heras Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 296/2017 Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ordenanza, otorgando un plazo de seis meses para su modificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La restricción impuesta por la Ordenanza resulta similar a las ya examinadas por la CCASM... la decisión de 'prohibir' no admite matices en el ejercicio del derecho regulado... el poder de policía no debe llegar al extremo de prohibir una actividad lícita con tanta generalidad... la normativa impugnada no resulta razonable." "La norma -en los términos y alcances que han sido definidos en su escueto texto
- recurre a una solución simplista para alcanzar la finalidad perseguida y que resulta altamente restrictiva." "Se conferirá a la demandada el plazo de seis meses para que dicte una nueva ordenanza regulatoria de la actividad, sustituyendo la prohibición calificada de absoluta."

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