COARCO S.A. C/ ERRECABORDE DOMINGO Y OTROS S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES
COARCO S.A. promovió demanda por cumplimiento de contrato contra Domingo Errecaborde y otros por U$S 140.000. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo la existencia del contrato de mutuo y la obligación de pago de los demandados.
Actor: COARCO S.A. Demandado: Domingo Errecaborde; Martín Errecaborde; Forestadora Río Lujan SA Objeto: Cumplimiento de contrato por U$S 140.000 y sus intereses. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados al pago de la suma reclamada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El contrato de mutuo ha sido definido como el préstamo de cosas consumibles o fungibles... El carácter en que la recibió será objeto de la prueba del contrato de mutuo... Acreditado el contrato de origen y reconocido el posterior; aprecio que los extremos en los que apoyaron su defensa los accionados, a más de no resultar atendibles, han quedado sin demostración."
"La documentación arrimada... permite vislumbrar la existencia de un vínculo contractual de origen inmobiliario entre las partes, nada aporta a la referida postura argumental de los accionados."
"Los accionados no han podido probar siquiera mínimamente, los argumentos por los cuales -sostienen
- no deben soportar las consecuencias disvaliosas de su incumplimiento."
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