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PAZOS CLAUDIA NOEMI C/ RAMALLO GUSTAVO ALEJANDRO y otro/a S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951

Claudia Noemí Pazos promovió un incidente de ejecución de honorarios de mediación por 8,69 jus arancelarios. El Tribunal resolvió hacer lugar a la ejecución, ordenando el pago de los honorarios más intereses y costas a los demandados.

Incidente Ejecucion de honorarios Mediacion Ley 14.967 Jus arancelarios Intereses Aportes previsionales Costas Tribunal Demandados

Actor: Claudia Noemí Pazos Demandado: Graciela Patricia Giambroni; Gustavo Alejandro Ramallo Objeto: Ejecución de honorarios de mediación por 8,69 jus arancelarios, más intereses y aportes. Decisión: Se ordena la ejecución del pago de los honorarios reclamados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, no habiendo los demandados opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, motivo por el cual corresponde dárseles por perdido el derecho que han dejado de usar (art. 155 del C.P.C.C)." "Que, corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto la parte ejecutada... hagan a la acreedora Dra. Claudia Noemí Pazos, íntegro pago del capital reclamado de 8,69 jus de honorarios, más el 10% de aportes previsionales, con más los intereses conforme lo dispuesto en el art. 54 inc. a) de la Ley 14.967 -12% anual-." "Las costas se imponen a los ejecutados, dada su condición de vencidos (art. 556 del C.P.C.C.)."

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