DEL ARCO CINTIA CRISTINA Y OTRO/A C/ GUNTIN ROBERTO MARIANO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores promovieron un acuerdo transaccional en el marco de un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal tuvo por concluido el proceso, regulando honorarios a favor de los letrados intervinientes y el mediador.
Actor: Del Arco Cintia Cristina y otros Demandado: Guntin Roberto Mariano y otros Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se tuvo por concluido el proceso a partir del acuerdo transaccional presentado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su art. 1642 que 'la transacción produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial'; es decir que su mera presentación en el expediente resulta suficiente para la operatividad del efecto preclusivo." "Consecuentemente, téngase presente el acuerdo arribado en la presentación a despacho en los términos del art. 1642 del CCCN, en virtud del cual corresponde dar por concluidas las actuaciones." "Se hace saber a las partes que en caso de plantearse el prorrateo dispuesto por el art. 730 del CPCC, habrá de tenerse en cuenta las siguientes pautas: Calcular el 25% del monto del proceso..."
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