KANDEL, JORGE ERNESTO Y OTRA C/ CLINICA PRIVADA JUAN PABLO II S.A. S/ DESALOJO
Los actores desistieron de la acción de desalojo contra la Clínica Privada Juan Pablo II S.A. El Tribunal declaró extinguida la causa y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes conforme a la ley 14.967.
Actor: Jorge Ernesto Kandel; Otra Demandado: Clínica Privada Juan Pablo II S.A. Objeto: Desalojo Decisión: Se declaró extinguida la causa por desistimiento y se regularon los honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta el desistimiento formulado y atento a lo dispuesto por el art. 304 del CPC declárase extinguido el proceso y renunciada la pretensión." "Se regulan los honorarios del Dr. Luis Alfredo Forno en la suma equivalente a 139 JUS y al Dr. Jorge Ignacio Fernández Viña en la suma equivalente a 97 JUS." "En cuanto a los honorarios del perito contador de la Asesoría de Incapaces, Hernán Quintana se regulan en la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL PESOS ($206.000)."
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