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MARRERO JORGE HERNAN C/ OTAMENDI Y LLOSA RICARDA CECILIA Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION

El actor promovió demanda de usucapión sobre un inmueble en Lanús, alegando posesión continua desde 1960. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el dominio por prescripción adquisitiva y ordenando la cancelación de la inscripción anterior.

Usucapion Prescripcion adquisitiva Posesion Inmueble Codigo civil Orden publico Legitimacion Prueba Costas Tribunal


¿Quién es el actor?

M. J. H.

¿A quién se demanda?

R. C. O. Y L. (hoy su sucesión); D. M. O. Y L. (hoy su sucesión); M. G. O. Y L.; R. T. O. Y L. (hoy su sucesión); A. F. J. O. Y O. (hoy su sucesión); F. B. O. Y O. (hoy su sucesión); R. F. O. DE O.
- Objeto de la demanda: Usucapión de un inmueble en Lanús.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, declarando adquirido el dominio por prescripción adquisitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La posesión que ha de ejercerse debe reunir dos elementos, el corpus y el animus, que se traduce como la intención de someter a la cosa tal como si se ejerciera un verdadero derecho de propiedad... La usucapión tiene un fundamento de orden público, como que ha sido regulada no solo atendiendo al interés del poseedor, sino también al interés social." "El supuesto necesario para que se opere la prescripción adquisitiva del dominio, es la posesión. Esta posesión, para que dé lugar a la adquisición del dominio debe ser cualificada... la comprobación de los extremos exigidos por la ley debe hacerse de manera insospechable, clara y convincente."

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