F, N. E SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR Y OTROS
El juez Agustín Eduardo Riggi resolvió un incidente de apelación relacionado con la prescripción de la acción contravencional. La Cámara de Casación y Apelaciones decidió remitir las actuaciones al Juzgado PCyF Nº 5 para continuar con el trámite, priorizando los derechos de la víctima.
¿Quién es el actor?
N. E. F.
¿A quién se demanda?
Juzgado PCyF Nº 5 y Juzgado PCyF Nº 19
- Objeto de la demanda: Resolución sobre la prescripción de la acción contravencional.
- Decisión del tribunal: Se resuelve remitir las actuaciones al Juzgado PCyF Nº 5 para continuar con el trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El invocado principio de economía procesal podría tornar ilusorio el derecho de la víctima, razón por la cual en el caso éste debe primar sobre aquél." "De no avanzar el proceso y decidirse, en definitiva, que no ha prescripto la acción penal, podría suceder que, para cuando ello ocurra, se haya, entonces, vulnerado el derecho de ser juzgado dentro de un plazo razonable del imputado."
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