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VILLARUEL, MARIA ANGELICA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió una acción de amparo contra la Obra Social de Comisarios Navales y OSDE para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones que tenía en actividad.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Obra social Osocna Osde Derechos constitucionales Aportes Plan superador


¿Quién es el actor?

M. A. V.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Restablecimiento de la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al INSSJyP, sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no resulta ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo." "Cabe admitir tal pretensión, ya que si subsiste para el trabajador que obtiene el beneficio jubilatorio el derecho de permanecer en la obra social, corresponde reconocerle también el derecho a mantener el mismo plan superador que le brindaba."

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