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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VARGAS PABLO EMANUEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires apeló la sentencia que limitó el cálculo de intereses en un cobro sumario. La Cámara revocó parcialmente la sentencia, admitiendo que los intereses compensatorios correrán como moratorios a partir de la mora.

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Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Pablo Emanuel Vargas Objeto: Cobro de sumas de dinero por deuda Decisión: Revocación parcial de la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A partir de la mora, los intereses compensatorios pactados correrán como moratorios, a los que cabe adicionar el punitorio establecido, sin perjuicio de la limitación dispuesta en la instancia de origen." "Los intereses moratorios constituyen una renta que produce el capital a raíz del incumplimiento, son la sanción resarcitoria que debe pagar el deudor por el retardo en el cumplimiento de su obligación de dar una suma de dinero." "La acumulación o sumatoria de los intereses compensatorios, moratorios y punitorios, en los términos de los arts. 766 a 769, puede ser morigerada por el juez cuando el resultado cuantitativo deviene abusivo y desproporcionado."

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