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------S/APELA DENEGATORIA DE SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA

El Defensor Oficial interpuso un recurso de casación contra la decisión que confirmó el rechazo de la suspensión de juicio a prueba para E.E.V. La Cámara rechazó el recurso, argumentando que la resolución no encuadra en las previsiones del Código Procesal Penal.

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Actor: Dr. Pablo Prati (Defensor Oficial) Demandado: E.E.V. Objeto: Otorgamiento del beneficio de suspensión de juicio a prueba. Decisión: Se rechaza el recurso de casación interpuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No encuadrando la resolución que se pretende impugnar en las previsiones del art.450 del Código Procesal Penal, en tanto esta Alzada se ha limitado a confirmar lo resuelto por el juzgado a quo, no corresponde conceder el recurso de casación interpuesto." "Tampoco se advierte que exista en autos algún supuesto de gravedad institucional al haberse expedido, en forma fundada, los dos órganos jurisdiccionales, satisfaciéndose así, la garantía de la doble instancia jurisdiccional (art. 8.2 'h' de la Convención Americana sobre Derechos Humanos)."

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