BODORIQUIAN JORGE Y OTRO C/ BARSOCCHINI DANTE A S/ ··EJECUCION HIPOTECARIA
El demandante apeló la resolución que declaró la prescripción de los aportes previsionales. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión, considerando que los aportes no eran accesorios a los honorarios y, por ende, no podían ser considerados prescriptos.
Actor: Dr. Daniel H. Oliva; Dra. Graciela Vulcano Demandado: Caja de Previsión Social para Abogados provincial Objeto: Prescripción de aportes previsionales Decisión: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la resolución que declaró la prescripción de los aportes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prescripción de los honorarios no implicaba la extinción de los aportes, ya que no fueron objeto de tal planteo y son obligaciones independientes." "Los aportes y contribuciones guardan independencia con los honorarios a los que accedían, por tratarse de obligaciones con distinto acreedor y diversas causas fuente." "Al no haberse planteado la prescripción de los aportes, corresponde hacer lugar al recurso de apelación."
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