GIL CELIA PAULA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES DIRECCION DE CULTURA Y EDUCACION DIRECC S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión contra la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional por la inexistencia de incapacidad tras un accidente laboral. El Tribunal rechazó la demanda al no encontrar relación causal entre el accidente y las dolencias invocadas.
Actor: Celia Paula Gil Demandado: Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación) Objeto: Revisión judicial de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional y reconocimiento de incapacidad con indemnización de $477.000. Decisión: Se rechazó la demanda por falta de incapacidad indemnizable y relación causal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La pericia médica concluyó que la Sra. Celia Paula Gil no presenta incapacidad física en relación causal con el hecho de autos... la resonancia de muslo derecho no muestra lesión incapacitante... la cadena causal se interrumpe cuando el sustrato somático aparece no traumático y de evolución degenerativa." "La sola acreditación del episodio y de síntomas, desprovista de incapacidad objetivable con nexo adecuado, carece de entidad reparadora." "En el régimen especial, no se resarcen afecciones subjetivas en abstracto, sino incapacidades objetivas, mensurables y causalmente vinculadas."
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