ALONSO MARCELA FERNANDA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Alonso Marcela Fernanda promovió demanda contencioso administrativa contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, reconociendo el derecho a percibir la movilidad jubilatoria según el régimen anterior.
Actor: Alonso Marcela Fernanda Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y reconocimiento de derechos a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoció el derecho a la liquidación de haberes previsionales conforme al régimen anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión a resolver radica en decidir si corresponde resolver la inconstitucionalidad de los artículos de la ley 15.008... corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15008 en su aplicación concreta al caso... El nuevo régimen de movilidad no se calcula conforme al cargo base ni tampoco con indiciadores del régimen previsional local." "La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional, debiendo considerarse la última ratio del orden jurídico." "La mayor exigencia en torno a los requisitos que debe observar quien tacha de inconstitucional una norma no es un mero exceso ritual, sino que se sustenta en la inveterada doctrina legal."
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