TRISTAN CARLOS ALBERTO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Tristán Carlos Alberto promovió demanda contencioso administrativa contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y reconoció el derecho a la movilidad jubilatoria conforme al régimen anterior.
Actor: Tristán Carlos Alberto Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y reconocimiento de derechos a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoció el derecho a liquidar los haberes previsionales conforme al régimen anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la ley 15008... se muestra contraria a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad... resulta irrelevante en qué porcentaje se traduce la diferencia económica entre un sistema de cálculo y otro 'pues lo determinante surge del propio texto de la norma impugnada en cuanto impide que, en lo sucesivo, exista una relación proporcionada entre su haber y aquél que le habría correspondido de seguir en actividad'... corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15008 en su aplicación concreta al caso."
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