FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ MILLARES HERRERA MICAELA AGOSTINA S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
FCA Compañía Financiera S.A. promovió acción de secuestro contra Micaela Agostina Millares Herrera. El Tribunal se declaró incompetente territorialmente, ordenando el trámite en el domicilio de la deudora, en resguardo de la Ley de Defensa del Consumidor.
Actor: FCA Compañía Financiera S.A. Demandado: Micaela Agostina Millares Herrera Objeto: Pago de una suma de dinero en virtud de un contrato de prenda. Decisión: El Tribunal se inhibió de entender en la causa, declarándose incompetente territorialmente y ordenando el trámite en el Juzgado de Paz de Coronel Rosales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 36 in fine de la Ley de Defensa del Consumidor... dispone que el juez competente... será el del domicilio real del consumidor... siendo 'nulo' todo pacto en contrario." "La Excma. Suprema Corte de Justicia Provincial... ha señalado que corresponde dicha declaración cuando se comprobare... la existencia de una relación de consumo..." "En el caso sub examine, la empresa actora... reclama de la accionada el pago de una suma de dinero con fundamento en un contrato de prenda."
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