B M C/ CLINICA GENERAL DE OBSTETRICIA Y CIRUJIA NUESTRA SEÑORA DE FATIMA S.A ( DE PILAR) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios por la muerte de su hijo a causa de mala praxis médica. El Tribunal rechazó la demanda, argumentando que no se probó la negligencia de los profesionales intervinientes en la atención del paciente.
Actor: M A B Demandado: Clínica General de Obstetricia y Cirugía Nuestra Señora de Fátima S.A. (de Pilar); R A S T; Clínica Privada Fátima S.A.; Dr. S J R; Dr. A R B; Dr. E L; Dr. E A M; Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) Objeto: Daños y perjuicios por la muerte de su hijo debido a mala praxis médica. Decisión: Se rechazó la demanda por falta de prueba de negligencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La responsabilidad profesional es aquella en la que incurre quien ejerce una profesión cuando falta a los deberes especiales que ésta le impone. La mala praxis debe ser evaluada con suma cautela, ponderando las circunstancias en cada caso concreto conforme las particularidades de tiempo y lugar. En este caso, el perito médico concluyó que las conductas de los profesionales no fueron negligentes y que el fallecimiento del paciente se debió a un cuadro súbito no previsible."
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