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LUBEZNI JULIA MARGARITA C/ RADICI MIRTA BEATRIZ Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Julia Margarita Lubezni promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo entre las partes y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

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Actor: Julia Margarita Lubezni Demandado: Mirta Beatriz Radici Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se homologó el acuerdo entre las partes y se regularon los honorarios de los profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que representando dicha transacción voluntad expresa de las partes (art. 959 del Código Civil y Comercial de la Nación) y en los términos del art. 1643 del mismo cuerpo legal, no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado por las partes..." "Finalmente, en lo que respecta a los honorarios correspondientes al mediador prejudicial, hágase saber que atento la fecha de los trabajos efectuados por el peticionante, corresponde tener en cuenta la normativa vigente en dicho momento..." "Intímase a la obligada al pago para que en el término de cinco días abone las sumas de $281.742,03 y $28.174,20 en concepto de tasa judicial y contribución sobre tasa judicial..."

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