GUTIERREZ CARMELO JESUS (*DUPLI*) S/ SUCESION
El juez se excusó de intervenir en las actuaciones debido a la existencia de hechos que podrían comprometer su imparcialidad. La decisión se basa en la necesidad de resguardar la confianza pública en la administración de justicia.
Actor: Tribunal Demandado: Dr. Pablo Nocetti Objeto: Excusación del juez por motivos de decoro y delicadeza. Decisión: Se hace lugar a la excusación del juez.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La garantía de imparcialidad judicial constituye un principio esencial del debido proceso (art. 18 CN; arts. 8 CADH y 14 PIDCP), y exige no solo la ausencia de interés subjetivo del juez en la causa, sino también la apariencia de independencia frente a las partes." "Consideré que dicho profesional podría encontrarse incurso en delitos tipificados por el Código Penal (asociación ilícita, reiteradas estafas procesales y otras defraudaciones, entre otros), formulando en consecuencia un pedido de investigación al Ministerio Público Fiscal."
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