Logo

CONCIENCIA CIUDADANA MEJORAR ASOCIACION CIVIL C/ TELECOM PERSONAL S.A. S/EJECUCION DE SENTENCIARTICULARES

El Tribunal se excusó de entender en las actuaciones debido a la intervención del Dr. Pablo Nocetti, por razones de decoro y delicadeza. Se resolvió la excusación para resguardar la confianza pública en la administración de justicia.

Incidente Imparcialidad judicial Excusacion Decoro Delicadeza Codigo penal Investigacion Confianza publica Debido proceso Ley 5177

Actor: Tribunal Demandado: Dr. Pablo Nocetti Objeto: Excusación del juez por motivos de imparcialidad Decisión: Se hace lugar a la excusación del juez en las actuaciones

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La garantía de imparcialidad judicial constituye un principio esencial del debido proceso (art. 18 CN; arts. 8 CADH y 14 PIDCP), y exige no solo la ausencia de interés subjetivo del juez en la causa, sino también la apariencia de independencia frente a las partes." "Consideré que dicho profesional podría encontrarse incurso en delitos tipificados por el Código Penal (asociación ilícita, reiteradas estafas procesales y otras defraudaciones, entre otros), formulando en consecuencia un pedido de investigación al Ministerio Público Fiscal."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar