BRIDGESTONE ARGENTINA SAIC c/ EN-AFIP-LEY 11683 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Bridgestone Argentina SAIC demandó a la AFIP por la repetición de un impuesto a las ganancias pagado indebidamente. La Cámara Contencioso Administrativa Federal admitió parcialmente el recurso, reconociendo la confiscatoriedad del impuesto y modificando la liquidación de intereses.
- Quién demanda: Bridgestone Argentina SAIC
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Repetición de $16.416.462,06 pagados indebidamente en concepto de impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente la demanda, reconociendo la confiscatoriedad del impuesto y modificando la liquidación de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de repetición de tributos es aquella por la cual quienes han pagado sumas en tales conceptos requieren del Estado que se les devuelva lo abonado, por considerar que los ingresos han sido indebidos, al no ajustarse a las leyes tributarias, o a la Constitución Nacional." "La imposibilidad de aplicar el mecanismo de ajuste por inflación en los períodos apelados se tradujo en un ingreso en demasía del impuesto a las ganancias." "Las costas deben ser impuestas a la parte demandada por no advertirse razones para apartarse del principio objetivo de la derrota."
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