INCIDENTE DE COMPETENCIA NEGATIVA EN AUTOS ‘AGUIRRE, LUIS S/ INFR. ART(S). 181 INC. 3°, USURPACIÓN - C.P.’
Se plantea un incidente de competencia negativa en un caso de usurpación. La Cámara de Apelaciones resolvió que corresponde intervenir al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 23, por la diversidad de delitos involucrados.
¿Quién es el actor?
Luis Aguirre
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 30
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para investigar delitos de usurpación y otros.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 23 es el competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se impone la necesidad de que sea un solo juez el que intervenga en el proceso, en tanto se busca garantizar la mejor administración de justicia." "La pesquisa del sumario deberá proseguir en el fuero criminal de instrucción por poseer competencia más amplia que el local." "El pronunciamiento del Juez nacional no se halló precedido de una mínima investigación que pudiera dar sustento a la incompetencia escogida."
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