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Legajo de juicio en autos MARTINEZ, Hernán Ariel s/infr. art. 149 bis CP

Se plantea un conflicto de competencia entre los Juzgados N° 30 y 12 en el marco de un juicio por infracción al art. 149 bis del CP. La Cámara resolvió que el legajo de juicio permanezca en el Juzgado N° 30 hasta la resolución de los recursos pendientes.

Conflicto de competencia Juzgado penal Art. 149 bis cp Recursos pendientes Etapa intermedia Procedimiento penal Juzgado n? 30 Juzgado n? 12 Resolucion de recursos Proceso judicial


¿Quién es el actor?

Hernán Ariel Martínez

¿A quién se demanda?

Estado (representado por la fiscalía)
- Objeto de la demanda: Conflicto de competencia entre dos juzgados.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el legajo de juicio permanezca en el Juzgado N° 30.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El desprendimiento de las actuaciones resulta prematuro." "La remisión de la causa al Juez que entenderá en el juicio deberá llevarse a cabo ordenadamente." "El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 30 debe conservar el legajo de juicio hasta la resolución de los recursos en trámite."

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