Mendoza Ester Maria del Valle y otros el GCBA y otros sI empleo público (no cesantía ni exoneración), Expte. N°44.131/0
Los actores, empleados del GCBA, reclamaron diferencias salariales según la ordenanza N°45.241. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, limitando la condena a los períodos anteriores a diciembre de 2010.
- Quién demanda: Actores (empleados del GCBA).
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales y su incorporación al sueldo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso del GCBA, limitando la condena a los períodos no prescriptos hasta diciembre de 2010.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La norma aplicable a la relación jurídica invocada será la ordenanza N°45.241 y el concepto salarial allí fijado deberá liquidarse conforme a las pautas establecidas en la norma." "El acta paritaria invocada por el recurrente gozará de validez siempre y cuando las condiciones allí acordadas sean más favorables al trabajador que las establecidas en la ordenanza." "Si la liquidación efectuada conforme a las pautas de esas convenciones resultase inferior a la suma que le correspondiese percibir según lo establecido en la ordenanza N°45.241, deberá estarse a ésta última."
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