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INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS FEDESANTI SRL Y OTROS S/ART. 73 CC

El defensor particular de Fedesanti SRL interpuso un recurso de apelación contra la resolución que fijó el inicio de la clausura del local. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la efectivización de la clausura dependía de la orden del juzgado.

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¿Quién es el actor?

Fedesanti SRL

¿A quién se demanda?

Juzgado PCyF N° 8
- Objeto de la demanda: Revisión de la fecha de inicio de la pena de clausura.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La pena accesoria de clausura del local... será efectivizada por orden de este Juzgado una vez firme la presente." "La decisión del pasado 12 de junio... no hizo más que dar cumplimiento a la efectivización de una medida en el modo dispuesto en la sentencia y consentido por las partes."

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