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Causa Nº 4225-00-CC/15, “PALUDI, MARÍA VERÓNICA s/art. 111 CC - Apelación”. Sala II.

La fiscal apeló la resolución que declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del art. 45 del Código Contravencional. La Cámara revocó dicha declaración, argumentando que la notificación no contradice derechos constitucionales.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Codigo contravencional Principio de inocencia Division de poderes Notificacion Accion contravencional Jurisdiccion Fiscal Derechos constitucionales


¿Quién es el actor?

Fiscal Silvina Bruno

¿A quién se demanda?

María Verónica Paludi
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del último párrafo del art. 45 del Código Contravencional.
- Decisión del tribunal: Se revocó la declaración de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La función del órgano jurisdiccional se limita, en este caso, a la notificación de la conclusión del proceso... la ilegitimidad de la actuación administrativa no puede presumirse...". Se citó el caso "Huidobro, Cristian Roberto" como precedente relevante.

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