LEGADO DE JUICIO EN AUTOS ALE, ROBERTO AMADO S/ INF. ART. 149 BIS CP
El Juzgado en lo PCyF Nº 12 solicitó la intervención de la Cámara para resolver un conflicto sobre la formación del legajo de juicio. La Cámara resolvió que el legajo debe ser conformado por el Juzgado Nº 12 antes de ser enviado al Juzgado Nº 29 para el debate.
¿Quién es el actor?
Juzgado en lo PCyF Nº 12
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo PCyF Nº 29
- Objeto de la demanda: Conflicto sobre la formación del legajo de juicio.
- Decisión del tribunal: Se ordena al Juzgado Nº 12 a conformar el legajo de juicio y luego remitirlo al Juzgado Nº 29.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El legajo de juicio se integrará con el acta de la audiencia prevista por el art. 210 CPPCABA, el requerimiento de juicio y todas aquellas pruebas y actuaciones que se hayan dispuesto incorporar a la audiencia oral." Se destaca la importancia de la imparcialidad del juzgador y la normativa vigente que regula la formación del legajo.
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