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LEGAJO DE JUICIO en autos Martinez Bofill, Agustín Regulo s/infr. art(s). 73 CC

El Juzgado de Primera Instancia Nº 30 resolvió un conflicto de competencia respecto a un juicio en curso. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas decidió que el legajo debe permanecer en el Juzgado Nº 30 hasta resolver el recurso de apelación pendiente.

Incidente Conflicto de competencia Suspension del juicio a prueba Imparcialidad Juzgado penal Apelacion Infraccion Codigo contravencional Juzgado n? 30 Juzgado n? 4


¿Quién es el actor?

Fiscalía N° 11

¿A quién se demanda?

Agustín Regulo Martinez Bofill
- Objeto de la demanda: Infracción al artículo 73 del Código Contravencional
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el legajo debe permanecer en el Juzgado Nº 30.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión que deniega el beneficio de la suspensión del juicio a prueba es pasible de desentrañar un gravamen irreparable... el objeto de la impugnación es evitar la celebración del juicio oral." Se destaca la necesidad de preservar la imparcialidad del juez del debate.

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