Causa Nº 1920-00-00/15 “E., R. D. s/art. 11179:183 Daños – CP (p/ L 23003)”
La defensa apeló la decisión que rechazó la nulidad de la detención del imputado por falta de notificación al juez. La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la resolución, argumentando que no se vulneraron garantías constitucionales.
¿Quién es el actor?
Defensa pública del imputado Ricardo Darío Espósito.
¿A quién se demanda?
Juez de grado.
- Objeto de la demanda: Nulidad de la detención por falta de notificación al juez.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la resolución de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Fiscalía desconoció las pautas expresamente previstas en el art. 152 y el 172, por expresa remisión, pues, al ratificar la detención efectuada por personal policial no dio nunca aviso al Juez de la privación de la libertad." "Ningún ciudadano, sin existencia de peligros procesales, tiene que sufrir una privación de la libertad por demoras que son atribuibles a la burocracia estatal." "El procedimiento practicado en las presentes actuaciones resulta conforme a derecho y no ha violado garantía constitucional alguna."
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