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LEGAJO EN JUICIO en autos R., A. M. s/art. 2bis LN 13.944 (Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar)

La Fiscalía apeló la resolución que declaró extinguida la acción penal por prescripción en un caso de incumplimiento de deberes alimentarios. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia, argumentando que la conducta del imputado es de carácter permanente y no se ha verificado la prescripción.

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¿Quién es el actor?

Dra. María Valeria Massaglia (Fiscalía)

¿A quién se demanda?

A. M. R.
- Objeto de la demanda: Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
- Decisión del tribunal: Se revocó la resolución que declaró extinguida la acción penal por prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar es de carácter permanente, por lo que el plazo de prescripción no comienza a computarse hasta que cesa la conducta delictiva." "La falta de celebración de la audiencia no justifica la nulidad de la resolución, ya que no se advierte un agravio concreto." "La acción penal no se encuentra prescripta, dado que el incumplimiento de la obligación alimentaria habría continuado hasta octubre de 2015."

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