TRANSPORTE OLIVOS SACI y F Y OTROS CONTRA ENTE ÚNICO REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CABA SOBRE OTRAS CAUSAS CON TRÁMITE DIRECTO ANTE LA CÁMARA DE APEL. JIExpte. RDC 3626/0
La parte demandada impugnó la ejecución de multas impuestas por el Ente Único Regulador de Servicios Públicos. La Cámara de Apelaciones rechazó el planteo, argumentando que el cobro debe realizarse por vía de ejecución fiscal.
¿Quién es el actor?
Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la CABA
¿A quién se demanda?
Transportes Olivos SACIF
- Ashira SA UTE Urbasur
- Objeto de la demanda: Ejecución de multas impuestas por el Ente.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el planteo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 450 del CCAyT dispone que el cobro judicial de las multas ejecutoriadas que determinen las autoridades administrativas se hace por vía de ejecución fiscal." "Ello es así porque el per saltum no se encuentra contemplado en el régimen procesal, de modo que no es admisible que se salteen instancias sobre la base de argumentar que, de otro modo, se produciría 'dispendio jurisdiccional'." "Por ello, por mayoría, se RESUELVE: Rechazar el planteo efectuado por la demandada, con costas."
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