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CAUSA Nº 27403-03-00/12 M, M. S s/ art. 149 bis CP

La defensa de María Andrea Piesco apeló la revocación de la suspensión del juicio a prueba. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la falta de notificación adecuada a la imputada.

Recurso de apelacion Suspension del juicio a prueba Notificacion Debido proceso Inmediacion Art. 149 bis cp Defensa en juicio Revocacion Causa penal Imputada


¿Quién es el actor?

María Andrea Piesco

¿A quién se demanda?

Juzgado N° 21
- Objeto de la demanda: Revocación de la suspensión del juicio a prueba
- Decisión del tribunal: Se confirma la revocación de la suspensión del juicio a prueba

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La notificación de fs. 117 fue cursada al anterior domicilio de la imputada, quién el 9 de junio había informado el actual." "La circunstancia de que la imputada no haya sido notificada personalmente de la audiencia prevista en el art. 311 del CPP importa una violación flagrante del debido proceso." "No parece razonable que se revoque la suspensión de juicio que le fuera otorgada sin que la imputada haya tenido oportunidad de ser escuchada." Voto en disidencia: El Dr. Franza argumentó que la imputada mostró falta de voluntad para cumplir con las pautas de la probation, justificando la revocación.

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