CAUSA Nº 19183-00-CC/2016, caratulada “CLUB ATLETICO RIVER PLATE (ASOCIACION CIVIL) s/ Amparo” Sala II
El Club Atlético River Plate interpuso acción de amparo contra la clausura de su natatorio. La Cámara de Apelaciones revocó la clausura preventiva, permitiendo la continuidad de la actividad hasta la resolución definitiva del procedimiento de faltas.
¿Quién es el actor?
Club Atlético River Plate (Asociación Civil)
¿A quién se demanda?
Dirección General de Fiscalización y Control
- Objeto de la demanda: Levantamiento de la clausura del natatorio
- Decisión del tribunal: Se rechaza el amparo, pero se levanta la clausura preventiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La vía de amparo no justifica alterar las instituciones vigentes ni extender la jurisdicción legal y constitucional de los magistrados." "La especificidad del régimen de la Ley de Procedimientos de Faltas la erige como la vía más idónea para atacar la decisión administrativa." "Se impone levantar la medida de clausura preventiva, hasta tanto recaiga resolución definitiva en el procedimiento de faltas en trámite."
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