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Causa Nº 23770-00-CC/2015, caratulada “RIZZANI, MARINA s/art. 1472:111 Conducir con mayor cantidad de alcohol en sangre del permitido o bajo los efectos de estupefacientes”.

La defensa apeló la resolución que impuso costas y ordenó comunicar al Poder Ejecutivo sobre la probation. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no hubo parte vencida y que las costas se aplican en el orden causado.

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¿Quién es el actor?

Defensa oficial de Marina Rizzani.

¿A quién se demanda?

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que impuso costas y ordenó comunicar al Poder Ejecutivo.
- Decisión del tribunal: Se declara inadmisible el recurso respecto al punto III y se confirma el punto II sobre las costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No existiendo una parte vencida en el proceso, corresponde aplicar las costas en el orden causado." "La total exoneración del pago de las costas del proceso que pretende la defensa únicamente podría ser viable ante la favorable recepción de un beneficio de litigar sin gastos." "El recurso interpuesto ha sido presentado por quien se encuentra legitimado para hacerlo, en tiempo y forma."

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