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Causa N° 19324/2015-0 “Cabral, Facundo Lautaro y otros s/art. 80 CC”

La defensa apeló el rechazo de la excepción de falta de acción por vencimiento del plazo en la investigación penal preparatoria. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas desestimó la apelación, reafirmando que los plazos del CPP CABA no son aplicables en materia contravencional.

Recurso de apelacion Proceso contravencional Plazos procesales Falta de accion Cpp caba Excepcion Investigacion penal Jueza de grado Desestimacion Regulacion especifica


¿Quién es el actor?

Facundo Lautaro Cabral y otros.

¿A quién se demanda?

Jueza de grado.
- Objeto de la demanda: Rechazo de la excepción de falta de acción por vencimiento del plazo en la investigación penal preparatoria.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La jueza de grado entendió que los plazos previstos en los arts. 104 y 105 del CPPCABA no son de aplicación supletoria en materia contravencional." "La supletoriedad sólo corresponde cuando la cuestión no tiene una regulación propia y, cuando no se verifica esta circunstancia, debe darse preeminencia a la regulación ritual específica." "La aplicación supletoria no debe desvirtuar o desnaturalizar los institutos, la lógica y el espíritu que el legislador local pretendió darle al proceso contravencional."

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