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R., F. y otros s/ infr. art. 128 CP

La defensa apeló la decisión de no hacer lugar a la extinción de la acción penal por prescripción. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que el llamado a indagatoria interrumpió el plazo de prescripción.

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¿Quién es el actor?

Defensa de los imputados.

¿A quién se demanda?

Fiscalía.
- Objeto de la demanda: Solicitud de extinción de la acción penal por prescripción.
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de no hacer lugar a la extinción de la acción por prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El acto considerado por la magistrada —primer llamado del imputado a la audiencia del artículo 161 del CPPCABA— ha sido el que ha tenido incidencia para descartar la procedencia de la extinción de la acción penal por prescripción." "Lo que tiene capacidad interruptiva es el primer llamado a prestar declaración cuando se considere que existe sospecha suficiente de que una persona puede ser autor o partícipe de un delito." "La postura de la defensa no resulta convincente pues no se advierte en autos una demora irrazonable."

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