RIGHETTI JUAN PABLO CONTRA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOBRE AMPARO
El Sr. Juan Pablo Righetti promovió acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley 3021 y ejercer el derecho a la libre opción de obra social. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que la exclusión de jubilados es discriminatoria e inconstitucional.
¿Quién es el actor?
Juan Pablo Righetti
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA)
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley 3021 y permitir la libre opción de obra social.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley 3021.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 3 de la ley 3021, en cuanto excluye a los afiliados pasivos de la posibilidad de opción resulta inconstitucional...". Además, se sostiene que "la disposición aludida hace uso de un criterio de exclusión discriminatorio e irrazonable".
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