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LEGADO DE JUICIO EN AUTOS GERTOSIO, ALEJANDRO ARIEL S/INFR. ART. 149 BIS CP-APELACIÓN

El defensor oficial apeló la decisión de no reprogramar una audiencia de debate. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, argumentando que la providencia no es recurrible y no genera perjuicio irreparable.

Recurso de apelacion Audiencia de debate Inamovibilidad Derecho a defensa Procedimiento penal Jurisdiccion Perjuicio irreparable Ley 1903 Resolucion judicial Ministerio publico


¿Quién es el actor?

Defensor oficial Brandoni Nonell

¿A quién se demanda?

Alejandro Ariel Gertosio
- Objeto de la demanda: Solicitud de reprogramación de audiencia de debate.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La providencia en trato no se encuentra prevista en el ritual como un acto pasible de ser recurrido, es de exclusivo resorte jurisdiccional y en modo alguno puede generar al impugnante un perjuicio de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior que habilite la vía procesal escogida."

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