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Causa Nº 8761/2017 “Craveri S.A.I.C s/art. 2.2.3 Ley 451”- Apelación

La firma Craveri S.A.I.C apeló la nulidad de una notificación que la tuvo por desistida de su solicitud de juzgamiento. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas declaró la nulidad de la notificación y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen para que se intime a la infractora.

Recurso de apelacion Nulidad Notificacion Procedimiento administrativo Ley 451 Control de faltas Desistimiento Emplazamiento Defensa Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

Craveri S.A.I.C

¿A quién se demanda?

Unidad Administrativa de Control de Faltas
- Objeto de la demanda: Nulidad de la notificación que tuvo por desistida la solicitud de juzgamiento.
- Decisión del tribunal: Se declaró la nulidad de la notificación y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No puede considerarse hábil la cédula cursada a los efectos de notificar el auto en cuestión, en razón de que no existe constancia fehaciente alguna de que se le haya hecho saber al impugnante el emplazamiento y la consecuencia de su falta de presentación."

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