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CAVALLI, MARIANO s/art. 1472:53 Agravantes (conductas descriptas en los artículos 51 y 52) - CC

El apelante, Mariano Cavalli, cuestionó la decisión de donación de una cámara de filmar tras la extinción de la acción contravencional. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que el abandono de bienes es un deber del imputado en el marco de la probation.

Recurso de apelacion Donacion Camara de filmar Extincion de accion Probation Abandono de bienes Contravencion Desproporcion punitiva Articulo 35 cc Resolucion firme


¿Quién es el actor?

Mariano Cavalli

¿A quién se demanda?

Estado
- Objeto de la demanda: Donación de una cámara de filmar tras la extinción de la acción contravencional.
- Decisión del tribunal: Se confirma la donación de la cámara a una entidad de bien público.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El abandono de los bienes es un deber, es decir, una obligación que debe satisfacer el imputado como condición para que proceda el acuerdo." "No existe fundamento alguno para que -al momento de declarar extinguida la acción
- se reexamine tal cuestión que, por lo demás, ha quedado firme desde la oportunidad en que se decidió en el punto V de la resolución de fs. 69/72 tener por abandonado a favor del Estado una cámara de filmar."

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