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GIORDANENGO, GUSTAVO MARTIN s/art. 11179:149bisparr1 Amenazas - CP (p/ L 2303)

La defensa interpuso un recurso de apelación en subsidio contra la decisión que no hizo lugar a su pedido de cese de comunicación al Registro Nacional de Reincidencia. La Cámara revocó la resolución de primera instancia y declaró la nulidad de la comunicación efectuada.

Incidente Comunicacion Registro nacional de reincidencia Elevacion a juicio Nulidad Defensa Ley 22.117 Proceso penal Jurisdiccion Preclusion


¿Quién es el actor?

Defensa de Gustavo Martín Giordanengo

¿A quién se demanda?

Fiscalía
- Objeto de la demanda: Cese de la comunicación al Registro Nacional de Reincidencia sobre el requerimiento de elevación a juicio.
- Decisión del tribunal: Se revocó la resolución de primera instancia y se declaró la nulidad de la comunicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El planteo de la defensa fue realizado en oportunidad de contestar el traslado conforme al art. 209, CPP... el juez efectivamente podía unificar el tratamiento de aquél y de la procedencia de la prueba." "La defensa explicó de modo fundado que la interpretación del art. 2.° de la ley 22.117... constituye una analogía in malam partem, contraria al principio general de reserva de ley."

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