GCBA CONTRA MOTORES Y REPUESTOS SA SOBRE EJECUCIÓN FISCAL
La parte actora apeló la providencia que ordenaba la notificación de la intimación de pago en una ejecución fiscal. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario revocó la providencia apelada, considerando que la demandada ya había sido notificada.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Motores y Repuestos SA
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por deuda tributaria.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la providencia apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien la nota obrante a fs. 72 no cumple estrictamente con los requisitos establecidos en el art. 125 del CCAyT para la notificación personal, con la expresa voluntad de la demandada al presentarse, contestar demanda y plantear la nulidad de acto administrativo de determinación de deuda (fs. 74 vta.) debe tenerse por notificada de la intimación de pago." "Cabe recordar que las providencias simples son aquellas que tienden al desarrollo del proceso ordenando cuestiones de mero trámite. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 219 del CCAyT son apelables únicamente cuando causen gravamen que no pueda ser reparado por la sentencia definitiva."
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