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Causa Nº 17088/2018-0 “Almapi Sociedad Anónima y otros s/infr. art. 2.1.10 Ley N° 451”- Apelación

Almapi S.A. interpone recurso de apelación en subsidio contra la resolución que desestimó su solicitud de nulidad de notificación. La Cámara de Apelaciones declaró inadmisibles los recursos de apelación intentados, considerándolos extemporáneos.

Recurso de apelacion Infraccion Sancion Nulidad de notificacion Extemporaneidad Habilitacion Unidad administrativa de control de faltas Ley n? 451 Revision judicial Desistimiento

Actor: Almapi Sociedad Anónima Demandado: Unidad Administrativa de Control de Faltas n° 95 Objeto: Revisión judicial de una sanción de UF 7.500 por funcionamiento sin habilitación. Decisión: Se declaró inadmisibles los recursos de apelación intentados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es inadmisible el recurso de apelación en cuanto pretendía impugnar una decisión que, si bien era una eventualidad posible, en rigor no existía." "El recurso resulta extemporáneo por haber sido presentado antes del dictado de la resolución que pretende impugnar." "Tampoco es posible admitir la vía intentada en cuanto se dirige hacia la resolución que tuvo por desistida la solicitud de juzgamiento."

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