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EDESUR SA SOBRE 23 - EJECUCION MULTA DETERMINADA POR CONTROLADOR

EDESUR S.A. apeló la resolución que no hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título y ordenó continuar la ejecución de una multa. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la decisión y dispuso adecuar el monto de la multa a la ley más benigna.

Recurso de apelacion Ejecucion de multa Ley 5.903 Adecuacion de sancion Principio de legalidad Inhabilidad de titulo Junta de faltas dgai Ley mas benigna Sanciones administrativas Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

EDESUR S.A.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Ejecución de multa impuesta por la Junta de Faltas DGAI.
- Decisión del tribunal: Se revoca la ejecución de la multa por el monto original y se ordena adecuar el monto a la ley 5.903.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La excepción de quita no se encuentra regulada en el artículo 451 de la ley 189", pero "cuando con posterioridad al dictado de la sentencia condenatoria entre en vigencia una ley más benigna, la sanción se adecúa a la establecida por la nueva ley". Se destaca que el tribunal debe considerar la reducción del reproche por parte de la Legislatura.

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