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CRISOSTOMO ROMERO, JEANPIER SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN

La fiscalía apeló la decisión que consideró cumplida la pena de un condenado tras su expulsión del país. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión, argumentando que la ejecución del extrañamiento no se completa solo con la salida del país, sino que requiere la prohibición de reingreso.

Recurso de apelacion Ejecucion condicional Expulsion Extranamiento Prohibicion de reingreso Ley 25.871 Delito de tenencia de estupefacientes Cumplimiento de pena Jurisdiccion penal Derechos del condenado


¿Quién es el actor?

Fiscalía

¿A quién se demanda?

Jeanpier Crisóstomo Romero
- Objeto de la demanda: Revocación de la decisión que consideró cumplida la pena tras la expulsión del país.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la decisión de tener por cumplida la pena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ejecución del extrañamiento dará por cumplida la pena impuesta originalmente por el tribunal competente". "El extrañamiento no puede ser concebido sin la prohibición de regresar a la República Argentina". "La ejecución del extrañamiento, en cambio, no se identifica con ese suceso momentáneo: es un estado o proceso que culmina según las condiciones prefijadas".

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