INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'B, M. E. SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TECOMERCIALIZACIÓN'
La defensa de M. E. B. interpuso un incidente de apelación contra el cómputo de pena realizado por el juez de primera instancia. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución impugnada, argumentando que no correspondía computar el tiempo de detención en causas no vinculadas.
¿Quién es el actor?
M. E. B.
¿A quién se demanda?
Juzgado de primera instancia.
- Objeto de la demanda: Cómputo de pena por tiempo de detención en causas previas.
- Decisión del tribunal: Se confirma el cómputo de pena realizado por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tiempo de prisión preventiva que el condenado haya sufrido en orden a él, por lo que la pretensión de la parte recurrente, relativa a que se aplique esta disposición al caso, supondría exceder los límites de una interpretación analógica in bonam partem de la ley." "No surge que haya habido una tramitación paralela entre las causas seguidas por ante los Tribunales Orales N° 7 y 26." "Tener en cuenta, a los efectos del cómputo de la pena, el tiempo que el imputado hubiere pasado en detención en el marco de otro proceso implicaría el reconocimiento de un crédito, en días de prisión cautelar, que tendría el condenado porque alguna vez en su vida estuvo preso y sin embargo, no fue condenado."
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